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Discurso de Allende a los jóvenes

martes, 29 de julio de 2008

CRONOGRAMA MUNICIPALES 2008

JULIO
LUNES 28
Vencimiento de plazo para declaración de candidaturas a alcaldes y
concejales, formalización de pactos y subpactos electorales, designación de encargados de trabajos electorales, Administradores Generales Electorales y de Administradores Electorales. Artículos 107, 108, 109, 110 y 143 inciso 2º, Ley Nº 18.695, y Artículos 3, 3 bis, inciso 4º, y 7, Ley Nº 18.700. Comienzo período de campaña electoral. Art. 3, Ley Nº 19.884 (exceptúase la propaganda electoral indicada en los artículos 30 y 32 de la Ley Nº 18.700).
JUEVES 31
A las 9:00 horas en audiencia pública, el Director del Servicio Electoral procede a determinar el orden de precedencia de las listas en la respectiva cédula electoral. Art. 114 Ley Nº 18.695 y Art. 23, Ley Nº 18.700.
SEPTIEMBRE
JUEVES 11
A contar de esta fecha las Juntas Electorales procede a efectuar la selección de ciudadanos para integrar Mesas Receptoras de Sufragios Correspondientes a los Registros cerrados con posterioridad a la última Elección ordinaria. Art. 47, inciso 2º, Ley Nº 18.700.
VIERNES 26
Comienza período de propaganda electoral por medio de prensa, Radioemisoras, volantes, elementos móviles y avisos luminosos o Proyectados. Arts. 30 y 32, Ley Nº 18.700.
OCTUBRE
MIÉRCOLES 1
A las 14:00 horas se reúnen Juntas Electorales para:
a) Sortear vocales para las Mesas Receptoras nuevas y designar a los reemplazantes de aquellos vocales que deban ser reemplazados. Art. 47, inciso 2º, Ley Nº 18.700.
b) Designación de Locales de Votación. Art. 52, inciso 1º, Ley Nº 18.700.
c) Designación de Delegados que estarán a cargo de las Oficinas
Electorales que funcionarán en los Locales de Votación. Art. 52,
inciso 1º y 54, Ley Nº 18.700; y
d) Designación de los recintos en que funcionarán los Colegios
Escrutadores. Art. 82, Ley Nº 18.700.
MIÉRCOLES 8
A las 9:00 horas se reúnen Juntas Electorales para conocer excusas y exclusiones. Art. 45, Ley Nº 18.700.
JUEVES 9
A las 9:00 horas se reúnen Juntas Electorales para conocer excusas y exclusiones. Art. 45, Ley Nº 18.700.
SÁBADO 11
A las 9:00 horas se reúnen Juntas Electorales para conocer excusas y exclusiones. Art. 45, Ley Nº 18.700. Vence plazo para que partidos políticos y candidatos independientes declaren ubicación de sedes ante la respectiva Junta Electoral. Art. 157, inciso 1º, Ley Nº 18.700.
JUEVES 23
Comienza funcionamiento de Oficinas Electorales en cada local de
votación durante a lo menos, cuatro horas diarias, en los horarios que determinen las Juntas Electorales. Art. 54, inciso 1º, Ley Nº 18.700.
A las 24:00 horas, se pone término al período de propaganda electoral por prensa, radio, volantes, elementos móviles, avisos luminosos o proyectados. Arts. 30 y 32, Ley Nº 18.700.
VIERNES 24
Desde las cero horas se prohíbe toda manifestación pública de carácter electoral y permanecerán cerradas las secretarías de propaganda y toda oficina u organización destinada a atender electores. Art. 115, Ley Nº
18.700. Fuerzas Armadas y Carabineros asumen el resguardo del orden público hasta el término de las funciones de los Colegios Escrutadores. Art.
110, Ley Nº 18.700. Funciona Oficina Electoral en cada local de votación. Art. 54, Ley Nº 18.700. Vence plazo para que el Servicio Electoral ponga a disposición de las Oficinas Electorales, por intermedio de las Juntas Electorales, los útiles correspondientes para cada Mesa Receptora de Sufragios. Art. 55, inciso1º, Ley Nº 18.700.
SÁBADO 25
Funciona Oficina Electoral en cada local de votación. Art. 54, Ley Nº 18.700.
DOMINGO 26
ELECCIONES MUNICIPALES.
Art. 106 Ley Nº 18.695 y Art. 169, Ley Nº 18.700.
Oficinas Electorales funcionan desde las seis de la mañana. Art. 54, inciso 1º, Ley Nº 18.700. Los vocales se reúnen en los locales respectivos a las siete de la mañana y comienza el funcionamiento de las Mesas Receptoras de Sufragios. Arts. 57, 58 y 59, Ley Nº 18.700.

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